Empleo sube por error la cotización a miles de microempresarios

Incremento del 22%/. El Gobierno aumenta por sorpresa las bases de los autónomos que trabajan en sociedades civiles.

La Seguridad Social va a devolver el dinero de más que ha cobrado desde el 22 de diciembre a los pequeños empresarios que forman sociedades civiles, y no mercantiles, al subirles la base de cotización desde los 858,60 euros a los 1.051,50 euros mensuales. Cantidad a la que hay que aplicar el tipo correspondiente. Una vez hecho esto, en líneas generales, la cuantía final ha pasado de ser 257 euros a los 314 euros mensuales, aproximadamente. Es decir, que su cuota anual aumenta en 684 euros adicionales.

El Ministerio de Empleo y de Seguridad Social ha tomado esta decisión tras comprobar que miles de pequeñísimos empresarios autónomos están protestando al tener que pagar una suma adicional de 57 euros mensuales –y 684 anuales–, en concepto de cotización, al incluirles en la aplicación del polémico Real Decreto Ley de 20 de diciembre de 2013, que contiene nuevas subidas de bases sociales a las empresas. Así se lo ha comunicado el Gobierno a la organización de autónomos ATA. La Seguridad Social transmitirá la instrucción a sus delegaciones en toda España a través de Red, su dispositivo de Internet.

Según los datos de Estadística, con certeza pueden haber sido afectados 110.000 comunidades de bienes, que están configuradas como sociedades civiles formadas por autónomos, además de quienes puedan estar bajo esta fórmula jurídica, que forman 1.900.000 autónomos sin trabajadores.

Todo el problema empieza porque una de las medidas del polémico Real Decreto es la subida de las bases mínimas de cotización, en un 22,5%, hasta los 1.051,50 euros mensuales, a dos tipos de trabajadores autónomos: los directivos y gerentes de empresas con control directo, o indirecto, sobre el capital de la sociedad. Y, en segundo lugar, a los autónomos que tengan contratados a diez o más asalariados, en algún momento del año. Con ello, la Seguridad Social trata de equiparar las bases mínimas de estos autónomos con las que tienen el grupo 1 del Régimen General de la Seguridad Social. Es decir, los sueldos más altos de los asalariados; los que trabajan por cuenta ajena.

Sube el recibo

Sin embargo, desde la entrada en vigor del Real Decreto de finales de 2013, miles de pequeños empresarios, despachos y negocios han comprobado como, sin comerlo ni beberlo, subía su recibo de la Seguridad Social, según fuentes de los afectados consultados por EXPANSIÓN. Ellos son sociedades civiles, y no mercantiles, que es el universo al que se dirige la disposición adicional segunda del Real Decreto de 20 de diciembre. Por lo tanto, la Seguridad Social pretendía aplicarles una subida adicional de cotización de 864 euros anuales. Y, por lo tanto, han empezado a protestar a sus organizaciones de autónomos para que trasladen la queja al Ministerio de Empleo.

Una sociedad civil puede estar formada por una o más personas que se unen para hacer una, o varias actividades, sin necesidad de constituirse en una sociedad mercantil: anónima, limitada o cooperativa, entre otras. Por ejemplo, un despacho de profesionales, un taller, un pequeño establecimiento hostelero o centros de trabajo con diferentes profesiones que se complementan en proyectos comunes.

Es un contrato privado, más sencillo y barato de constituir que una sociedad mercantil. Entre otras cosas, porque no es necesario presentarla ante el notario ni darla de alta ante el registro mercantil. De hecho, todo esto dificulta su cuantificación. Normalmente, se trata de inversiones pequeñas. Eso sí, es necesario darla de alta en Hacienda, que declara en el Impuesto sobre la Renta; la Seguridad Social y el ayuntamiento correspondiente. Por el lado de los inconvenientes, la sociedad civil supone la responsabilidad ilimitada de los socios ante las deudas con terceros. También paga más impuestos, en el caso de beneficios, porque tributa por el IRPF en lugar de por el Impuesto de Sociedades. Tampoco ofrece la misma imagen de permanencia y solidez que las sociedades mercantiles, según explica infoautónomos.com. Por lo tanto, los autónomos afectados deben reclamar a la Seguridad Social para que se regularice su situación en febrero.

Fuente: Expansión. M. Valverde.