El Gobierno penaliza a las empresas morosas en los concursos públicos

Lacra comercial. Hacienda modifica la Ley de contratos para castigar a las grandes firmas con plazos de pago superiores al tope legal (60 días). Los más morosos podrían quedar fuera de las licitaciones.

El Gobierno ha dado un paso decisivo y firme para erradicar la enorme morosidad comercial de las grandes empresas, que ahogan a sus proveedores con plazos de pago que triplican lo legal, de media. Ante ese flagrante incumplimiento de la normativa, el Ministerio de Hacienda modificará el texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público, de manera que los plazos de pago abultados penalicen a las compañías que acuden a las licitaciones, como adelantó ayer EXPANSIÓN en su edición digital.

Este cambio, que presentó el ministro Cristóbal Montoro tras el Consejo de Ministros, se traducirá en que las empresas más morosas puntuarán menos en los concursos públicos, por ejemplo, los de infraestructuras, que mueven miles de millones al año. Por tanto, las que paguen mejor a sus subcontratistas tendrán ventaja. Se trata de una reivindicación histórica de las asociaciones de proveedores.

Esta medida tiene una gran importancia, ya que se trata de la primera vez que el Gobierno se compromete por la vía legal a penalizar a las empresas que incumplen la ley de lucha contra la morosidad comercial, que no funciona sin sanciones. Además, mientras quienes incumplen la ley no obtienen castigo por ello, un 40% de las pymes que echan el cierre lo hace por culpa de la morosidad que sufre.

La medida será un duro castigo a los grandes grupos, que son los que más concursos ganan y los más morosos, según todas las estadísticas sobre plazos de apgo. “El Gobierno ha buscado una fórmula para incentivar indirectamente a las grandes empresas a que paguen en un plazo máximo las deudas que tengan contraídas con autónomos y otras empresas”, apuntan desde Hacienda.

“Para contribuir a la reducción de la morosidad de las empresas se añade un nuevo párrafo al artículo 75.1 [de la Ley de Contratos del Sector Público] relativo a los medios para acreditar la solvencia económica y financiera del empresario necesaria para contratar con las Administraciones Públicas”, apunta el Gobierno en la explicación de la nueva medida.

Esto es, “el órgano de contratación podrá exigir que el periodo medio de pago a proveedores del empresario, siempre que se trate de una sociedad que no pueda presentar cuenta de pérdidas y ganancias abreviada, no supere el plazo máximo establecido a estos efectos” (60 días, según la ley). Eso último tiene una doble lectura. Por un lado, la literalidad de la propuesta hace pensar que las Administraciones Públicas pueden excluir de las licitaciones a quienes superen el plazo máximo legal de pago, cosa poco probable, pues quedaría fuera del mercado de obra pública la práctica totalidad de las empresas de mayor tamaño.

Sin embargo, desde Hacienda matizan que el plazo que se establecerá para poder concursar a contratos públicos no tiene por qué ser el de la Ley de lucha contra la morosidad comercial (60 días), sino que puede ser superior: “Cualquier órgano de contratación de la Administración podrá dejar fuera de sus adjudicaciones a aquellas grandes empresas que no paguen a sus proveedores en un plazo máximo de tiempo que se determinará en una próxima orden ministerial”.

Por otro lado, la interpretación que hacen las fuentes de Hacienda consultadas es que la morosidad penalizará, pero no excluirá. Incluso, se dará un tiempo a las compañías para ponerse al día.

El Ejecutivo asegura con toda claridad que la medida se dirige a “las grandes empresas”, a las que acusa de abusar de su poder de negociación. No en vano, los grupos del Ibex abonan sus facturas en un plazo medio de 187 días, según el último estudio de la Plataforma Multisectorial contra la Morosidad, que representa a 1,5 millones de pymes.

En un argumentario gubernamental se explica así de claro el problema: “A lo largo de estos años ha quedado demostrado que sólo con llamamientos a pagar en tiempo y forma no se consiguen grandes resultados y que algunas empresas abusan de su poder económico para imponer sus condiciones a proveedores o subcontratistas más modestos”. Pero ahí no queda el rapapolvo: “Eso no es admisible (…) Las grandes empresas –aquellas que no pueden formular cuenta de pérdidas y ganancias abreviada– deben saber que si no pagan a tiempo a sus proveedores corren el riesgo de quedarse sin poder contratar con la Administración”.

Petición de Bruselas

Con esta modificación Hacienda se impone al criterio del Ministerio de Economía. De hecho, el departamento de Montoro fue el que lanzó la idea, que adelantó este diario el 21 de julio. “Si una empresa paga tarde a sus proveedores se entenderá que tiene un problema de solvencia y eso contará [en su contra] en las licitaciones”, aseguró la subsecretaria de Hacienda, Pilar Platero, aquel día.

Lo que está haciendo el Gobierno no es más que obedecer a la Comisión Europea, que ha emplazado a España a adoptar medidas para reducir los plazos de pago en el sector privado y que ha abierto un proceso contra el país por su morosidad. “El Gobierno ha decido intervenir en el ámbito privado, aunque sea indirectamente, para defender a los actores más débiles frente a las tentaciones de abuso de los más fuertes”. Eso sí, sin “cortapisas al libre mercado”.

La Plataforma Multisectorial contra la Morosidad aplaude la medida: “Celebramos esta reivindicación histórica nuestra. Es un paso muy importante y esperamos su implementación sin agujeros ni trampas”, asegura Antoni Cañete, presidente de esta asociación. “Lo que demuestra esta modificación es que las grandes empresas no cumplen la ley”, enfatiza.

Montoro se había comprometido a estudiar la implantación de un régimen sancionador para los morosos privados, pero abandonó la idea. Ahora, aunque de forma indirecta, sí que los penalizará.

Fuente: Expansión